SII - Circular N°15 (10-02-1976)
Circular N°15 (10-02-1976) del SII
Abstracto
La Circular 15 del SII, de 1976, establece el procedimiento y sanciones para contribuyentes que extravíen, sufran robo o hurto de facturas, notas de débito y crédito autorizadas, con el fin de evitar el uso fraudulento y proteger el interés fiscal.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 15, de fecha no especificada (mencionada en el Diario Oficial del 4 de febrero de 1976), del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se complementa con la Resolución N° 109.
• Contexto normativo y objetivo: La circular se emite debido al aumento de casos de extravío, robo o hurto de facturas autorizadas, lo que podría generar un perjuicio fiscal por el uso fraudulento de estos documentos. Busca cautelar el interés fiscal y establecer normas para estos casos, considerando la importancia de las facturas en el contexto de la Reforma Tributaria vigente desde 1975 y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• Alcance y ámbito de aplicación: Aplica a todos los contribuyentes que extravíen, o les sean robados o hurtados talonarios de facturas, notas de débito y notas de crédito, autorizados y sin utilizar.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Obligación de informar: El contribuyente debe dar cuenta por escrito del hecho a la Inspección de Impuestos Internos correspondiente, dentro de las 48 horas establecidas en el artículo 69, letra b) del Código Tributario.
- Publicación en diario: Adicionalmente, debe ordenar la publicación de un aviso por tres días consecutivos en un diario de circulación nacional, describiendo...
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