SII - Oficio N°4151 (22-07-1976)
Oficio N°4151 (22-07-1976) del SII
Abstracto
El SII establece que los ingresos de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) para su financiamiento no están exentos de impuesto de Primera Categoría, al no estar clasificados en el artículo 40 N°2 de la Ley de la Renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 4151, del 22 de julio de 1976, del Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Consulta sobre la situación tributaria de los ingresos que percibe la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) para su financiamiento.
• Consultas específicas planteadas al SII ¿Están exentos de impuesto los ingresos que percibe la SBIF para su financiamiento?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Artículos 40 N°2 y 42 N°1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Artículo 32 del Decreto con Fuerza de Ley N° 251 de 1931. Decreto N° 1097.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII Los recursos que obtiene la SBIF para su financiamiento no se encuentran entre aquellos contemplados en el artículo 40 N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que establece exenciones. Los ingresos de la SBIF tampoco se encuentran clasificados en el artículo 42 N°1 de la Ley de la Renta.
• Decisión del SII y sus efectos Los ingresos que percibe la SBIF para su financiamiento no están exentos del Impuesto de Primera Categoría.
• Disposiciones legales o administrativas determinantes Artículos 40 ...
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