SII - Oficio N°4781 (23-08-1976)
Oficio N°4781 (23-08-1976) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la revalorización del capital efectivamente internado al país bajo el DL 600, y su tratamiento para efectos del Impuesto a la Renta, especialmente en lo referente a las devoluciones de capital.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, del 23 de abril de 1975, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Director: José Manuel Barrios.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente consulta sobre el tratamiento tributario de la revalorización del capital efectivamente internado al país al amparo del D.L. 600, para fines del Impuesto a la Renta.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo debe considerarse el capital internado al país para fines de determinar el capital efectivamente internado para los efectos del Art. 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante plantea una posible contradicción entre las instrucciones impartidas y lo dispuesto en el Art. 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: El SII cita el Art. 8º, letra e) del D.F.L. Nº 258, de 1960 (Estatuto del Inversionista, derogado por el D.L. 600). También menciona el Suplemento 2-1, de 22 de agosto de 1966, y las instrucciones contenidas en la Circular 600, de 1966, con algunas modificaciones. Se refiere al Art. 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, el Art. 8º del D.F.L. Nº 258, de 1960, y el actual Estatuto de la Inversión Extranjera,...
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