SII - Oficio N°2147 (10-05-1977)
Oficio N°2147 (10-05-1977) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de IVA según el artículo 12, Letra B, N° 2 del DL 825 para una asociación miembro de Cruz Roja Internacional, concluyendo que la exención aplica solo si los fondos provienen directamente de acuerdos con el Estado.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2148, del 6 de mayo de 1977, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) al Sr. Embajador de la Cruz Roja Chilena.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la Cruz Roja Chilena, específicamente respecto de las importaciones y representaciones de instituciones internacionales.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinar si la Cruz Roja Chilena, en su calidad de miembro de la Cruz Roja Internacional, está exenta del IVA en las importaciones que efectúe y en sus representaciones de instituciones internacionales.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, pero se entiende que busca confirmar la aplicación de la exención de IVA.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Artículo 12, Letra B, N° 2 del Decreto Ley (DL) N° 825, que establece exenciones de IVA para:
- "La importación de especies efectuadas por:
- Las representaciones de naciones extranjeras, las instituciones y organismos internacionales a que Chile pertenezca y que gocen de franquicias aduaneras de acuerdo con los convenios suscritos por Chile".
• Funda...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.