SII - Oficio N°2196 (11-05-1977)
Oficio N°2196 (11-05-1977) del SII
Abstracto
El SII responde a ENAP sobre la tributación de un contrato de asistencia técnica con empresas extranjeras, incluyendo impuesto Adicional, tratamiento del personal extranjero contratado y la internación temporal de equipos. No se absuelven consultas hipotéticas, instando a consultar sobre situaciones tributarias concretas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio 2196 del 11 de mayo de 1977, del Director del Servicio de Impuestos Internos, Sr. Arnaldo Gorziglia Balbi, dirigido a ENAP, sobre tributación aplicable a un contrato de asistencia técnica. Referencia a Artículo 64 del Código Tributario. Expediente E. ORD.- R.A.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: ENAP planea celebrar un contrato de asistencia técnica con empresas extranjeras sin domicilio ni residencia en Chile. La empresa extranjera facilitará tecnología y experiencia. ENAP contratará personal extranjero para operar los equipos, reteniendo impuestos sobre sus remuneraciones. Los equipos serán internados temporalmente por ENAP, quien pagará a la empresa extranjera el equivalente a la depreciación del equipo por el tiempo de uso. Al término del contrato, ENAP podrá adquirir los equipos mediante importación definitiva, pagando el costo original menos la depreciación.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmación del tratamiento tributario del contrato de asistencia técnica, incluyendo la aplicación del Impuesto Adicional a los honorarios pagados a la empresa extranjera y el tratamiento tributario de la internación temporal de equipos.
• Argumentos del consultante: ENAP estima que las sumas pagadas por concepto de depre...
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