SII - Oficio N°3959 (27-07-1977)
Oficio N°3959 (27-07-1977) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio, establece que una sociedad de responsabilidad limitada dedicada al transporte de pasajeros no está obligada a llevar contabilidad para fines tributarios, salvo en los casos previstos en el artículo 71 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, de fecha 03.10.1977, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) a la Dirección del Trabajo. Referencia al Ordinario N° 3925. Materia: Contabilidad de sociedad de responsabilidad limitada dedicada al transporte de pasajeros.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección del Trabajo consulta al SII si una sociedad de responsabilidad limitada dedicada al transporte de pasajeros está obligada a llevar libros de contabilidad.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está una sociedad de responsabilidad limitada dedicada al transporte de pasajeros obligada a llevar libros de contabilidad?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Circular N° 29, párrafo 6, de 19 de enero de 1973, que exime de la obligación de llevar contabilidad a empresarios naturales y sociedades de personas que exploten vehículos destinados al transporte de pasajeros o carga (microbuses, taxis, etc.). Artículos 71 y 34 bis N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La Circular N° 29 exime de la obligación de llevar contabilidad a las sociedades de personas que exploten vehículos de transporte de pasajero...
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