SII - Oficio N°4111 (03-08-1977)
Oficio N°4111 (03-08-1977) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación de contratos de arrendamiento de naves y su tratamiento según la Ley de la Renta, incluyendo el Impuesto Adicional y la situación de naves no matriculadas en Chile. Se analizan también aspectos sobre asociaciones en participación y eventuales inversiones extranjeras.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N°4111, del 3 de Octubre de 1977, del Servicio de Impuestos Internos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la tributación aplicable a contratos de arrendamiento de naves celebrados por una empresa constituida en España, cuando los usuarios son chilenos.
• Consultas específicas planteadas al SII: Tributación aplicable a las rentas de arrendamiento de naves extranjeras no matriculadas en Chile, cuando los pagos o abonos se efectúan a personas sin domicilio ni residencia en el país. También se consulta sobre la posibilidad de que se constituya una sociedad anónima chilena y la tributación de las rentas obtenidas por esta.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 59 N°4 de la Ley de la Renta, el inciso final del artículo 34 de la Ley de la Renta, el artículo 65 inciso tercero de la Ley de la Renta y el artículo 269 del Código de Comercio.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Se fundamenta en que las rentas de arrendamiento de naves extranjeras no matriculadas en Chile pagadas a personas sin domicilio ni residencia en el país, están ...
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