SII - Oficio N°4359 (17-08-1977)
Oficio N°4359 (17-08-1977) del SII
Abstracto
El SII rechaza la reconsideración solicitada por COMPANHIA NACIONAL DE FUERZA ELECTRICA S.A. (CORP.) respecto al momento de devengo de ingresos por suministro eléctrico, reafirmando que estos se devengan con el consumo, no con la lectura del medidor.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 4353 del 17 de Agosto de 1977, dirigido a COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA ELECTRICA S.A. (CORP.). Materia: Reconsideración del Oficio N° 3255. Solicitud de 14 de Julio de 1977. Rol: Reconsideración de lo dictaminado en Oficio N° 3255.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA ELECTRICA (CORP.) solicita reconsideración del criterio del SII sobre el momento en que se devengan los ingresos por el suministro de energía eléctrica correspondientes al último mes del ejercicio. El SII había dictaminado que estos ingresos se devengan dentro del mismo período comercial, formando parte de la renta afecta al Impuesto de Primera Categoría, y no en el ejercicio siguiente.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Se puede reconsiderar el criterio del SII (expresado en el Oficio N° 3255) y aceptar que los ingresos por suministro eléctrico se devengan al momento de la lectura del medidor, que ocurre en el ejercicio siguiente? ¿Se puede dictar una norma general para todo el sector eléctrico según el inciso segundo del artículo 15 de la Ley sobre Impuesto a la Renta?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La compañía considera que los ingresos se devengan sólo al momento de la lectura del medidor que ...
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