SII - Oficio N°4948 (15-09-1977)
Oficio N°4948 (15-09-1977) del SII
Abstracto
El SII determina que la venta de un bus usado por una empresa de transporte exenta de IVA está afecta al impuesto especial del 1,5% según el artículo 41 del DL 825, al no haber utilizado crédito fiscal en su adquisición.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N°--, del 15 de septiembre de 2023, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Luis Fernando Mackenna Echaurren consulta sobre la procedencia de aplicar el impuesto especial a la venta de un bus usado por una empresa de transporte de pasajeros exenta de IVA, que adquirió el bus como activo fijo y ahora lo enajena al renovar su flota. La empresa tiene como único giro el transporte de pasajeros, actividad exenta de IVA, lo que impidió utilizar el crédito fiscal asociado a la compra del bus.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está la venta del bus afecta al impuesto especial del 1,5% establecido en el artículo 41 del Decreto Ley N° 825, considerando que la empresa no utilizó el crédito fiscal en la adquisición?
• Argumentos del consultante: Se argumenta que aplicar el impuesto especial implicaría un doble pago, contrario al espíritu de la ley, especialmente para vehículos que forman parte del activo inmovilizado.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los artículos 8°, 13° y 41° del Decreto Ley N° 825 sobre Impuesto al Valor Agregado. También se menciona el artículo 2° del Decreto Supremo de Hacienda N° 55, de 1977.
• Fundamentos clave del pr...
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