SII - Oficio N°5599 (18-10-1977)
Oficio N°5599 (18-10-1977) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención de emitir boletas para feriantes acogidos al sistema de tributación simplificada. Ratifica la obligación de emitir facturas a contribuyentes IVA y llevar un libro de compras y ventas diarias.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 59, emitido por el Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) y dirigido a la Dirección Regional de Talca. No se explicita la fecha de emisión.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El señor Julio Espinoza consulta sobre la obligación de emitir boletas por parte de comerciantes de frutas y verduras en ferias libres.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los feriantes están eximidos de emitir boletas.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el documento.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita la Resolución N° 364, publicada en el Diario Oficial el 14 de abril de 1977, que permitía a ciertos contribuyentes acogerse al sistema A. Se menciona la Circular N° 86 de 1977, que contiene instrucciones sobre la materia consultada.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII distingue entre la exención de emitir boletas a consumidores finales y la obligación de emitir facturas a otros contribuyentes que actúen como vendedores. Los contribuyentes acogidos a sistemas de tributación simplificada deben emitir facturas y recargar el IVA cuando vendan o presten servicios a personas que tengan la calidad de "vendedores". Se ...
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