SII - Oficio N°6271 (16-11-1977)
Oficio N°6271 (16-11-1977) del SII
Abstracto
El SII clarifica que la exención tributaria del D.S. N° 266 de 1970 solo aplica a remuneraciones de personal técnico extranjero contratado bajo convenio con el BID, no a chilenos, quienes deben tributar según la Ley de la Renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 6271, del 16 de noviembre de 1977, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Director del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Situación tributaria de rentas pagadas a personas contratadas en cumplimiento de convenio BID.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre el tratamiento tributario de las remuneraciones pagadas al personal profesional y técnico que la Oficina de Planificación Nacional contrata en cumplimiento del convenio suscrito por el Gobierno de Chile con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), promulgado por Decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 266, de 20 de abril de 1970, cuyos recursos provienen de la contribución del BID.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Las remuneraciones pagadas al personal contratado bajo el convenio con el BID están exentas de los impuestos a la renta?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se indica que es posible concluir, del texto legal y del artículo 1° del Convenio Constitutivo del BID, que dichas remuneraciones quedan exentas de los impuestos a la renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículo 1° del Convenio Constitutivo del BID; D.S. N° 266, de 20 de abril de 1970, del Mini...
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