SII - Oficio N°6276 (16-11-1977)
Oficio N°6276 (16-11-1977) del SII
Abstracto
El SII revoca criterio anterior y establece que los sueldos, emolumentos e indemnizaciones pagados por la Oficina Regional del BID en Chile a funcionarios chilenos deben tributar según la Ley de la Renta, a partir de noviembre de 1977.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 996 del 16 de noviembre de 1977, emitido por el Director del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Empleados chilenos de la Oficina Regional del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en Chile consultan sobre la exención de Impuesto a la Renta según el artículo 52, letra b), del D.S. N° 266 del Ministerio de Relaciones Exteriores de 1970.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si las rentas, emolumentos e indemnizaciones que el BID paga a sus funcionarios chilenos están liberadas del Impuesto a la Renta, en virtud de la exención establecida en el D.S. N° 266.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Los funcionarios chilenos del BID solicitan la confirmación de la exención basándose en el D.S. N° 266.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se menciona el Oficio N° 973 de la Dirección Regional de Santiago. Se cita el artículo 52, letra b), del D.S. N° 266 del Ministerio de Relaciones Exteriores de 1970.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Un nuevo estudio de la materia, basado en antecedentes remitidos por el Ministro Director de la Oficina de Planificación Nacional (ODEPLAN) y presentaciones del Director ...
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