SII - Oficio N°6877 (19-12-1977)
Oficio N°6877 (19-12-1977) del SII
Abstracto
El SII establece que el tipo de cambio a utilizar para convertir a moneda nacional los resultados de contabilidad llevada en moneda extranjera, para determinar la base imponible del Impuesto de Primera Categoría, es aquel en que se liquidaron las divisas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 6877, del 19 de diciembre de 1977. Materia: Tipo de cambio a utilizar para conversión a moneda nacional. Contribuyente: Proventeción de 101277 BAR.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El contribuyente consulta sobre el tipo de cambio que debe emplear para la conversión a moneda nacional de los resultados demostrados por la contabilidad llevada en dólares americanos en los años 1972 a 1974, para determinar la base imponible del Impuesto de Primera Categoría.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tipo de cambio que debe utilizarse para convertir a moneda nacional los resultados de la contabilidad llevada en moneda extranjera, con el objeto de determinar la base imponible del Impuesto de Primera Categoría?
• Argumentos del consultante: El contribuyente afirma estar autorizado para llevar contabilidad en moneda extranjera y que, para registrar sus operaciones contables, ha utilizado única y exclusivamente el tipo de cambio del mercado bancario. Señala que en cada ejercicio se han liquidado y contabilizado los ingresos en moneda extranjera, liquidando las divisas provenientes de exportaciones y adquiriendo divisas para el pago de importaciones o remesas de utilidades a accionistas extranjeros. Indica que los ingr...
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