SII - Circular N°12 (03-02-1978)
Circular N°12 (03-02-1978) del SII
Abstracto
La Circular N°12 de 1978 del SII informa sobre el pago anticipado de cuotas diferidas en importaciones con cobertura diferida, autorizado por el Banco Central. El beneficio exige anticipar el pago de las últimas cuotas, coincidiendo la fecha de pago con las cuotas de vencimiento más próximo.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°12, de fecha 3 de febrero de 1978, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Pago anticipado de cuotas diferidas en importaciones con cobertura diferida.
• Contexto normativo y objetivo: Informar sobre la autorización del Banco Central a los bancos para permitir el pago anticipado de préstamos correspondientes a importaciones de bienes de capital con líneas de crédito del Banco Central.
• Alcance y ámbito de aplicación: Empresas bancarias y sus clientes deudores que importan bienes de capital con financiamiento a través de líneas de crédito del Banco Central.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- El Banco Central autorizó a las empresas bancarias a pagar anticipadamente los préstamos que adeuden, correspondientes a operaciones cursadas con cargo a empréstitos provenientes del traspaso de líneas de crédito obtenidas por el Banco Central para la importación de bienes de capital.
- El pago anticipado debe ser por el valor total de algunas o todas las cuotas pendientes, en orden inverso a los vencimientos convenidos.
- Se requiere la aprobación previa del Banco Central, solicitada con 20 días de anticipación.
- Los pagos deben realizarse únicamente en las fechas de vencimiento fijadas para las...
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