SII - Circular N°20 (21-02-1978)
Circular N°20 (21-02-1978) del SII
Abstracto
La Circular N°20 de 1978 del SII aborda la aplicación del artículo 90 de la Ley de la Renta a pequeños mineros de mediana importancia que declaran renta efectiva con contabilidad fidedigna, permitiéndoles suspender pagos provisionales en caso de pérdidas, bajo ciertos requisitos y fiscalización.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°20, de 21 de febrero de 1978, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Pequeña minería. Aplicación del artículo 90 de la Ley de la Renta (LIR) a mineros de mediana importancia que declaran su renta efectiva en base a contabilidad fidedigna.
• Contexto normativo y objetivo: La circular responde a consultas sobre el tratamiento tributario de los "Pequeños Mineros de Mediana Importancia" que declaran renta efectiva con base en contabilidad fidedigna, en relación con el artículo 90 de la LIR, que permite la suspensión de pagos provisionales en caso de pérdidas.
• Alcance y ámbito de aplicación:
- Se aplica a los "Pequeños Mineros de Mediana Importancia", definidos como aquellos que no son "pequeños mineros artesanales" según el N° 12 del artículo 22 de la LIR. Se excluyen las sociedades anónimas y en comandita por acciones, así como la explotación de plantas de beneficio de minerales que procesen minerales de terceros en un 50% o más.
- Afecta a contribuyentes de la Primera y/o Segunda Categoría obligados a presentar declaraciones anuales y que deben efectuar pagos provisionales mensuales.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Los pagos provisionales obligatorios de los mineros se cumplen mediant...
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