SII - Oficio N°2926 (30-05-1978)
Oficio N°2926 (30-05-1978) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación de sanciones por mora en los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) en caso de pérdida tributaria y la deducibilidad del reajuste del Art. 53 del Código Tributario en la base imponible del Art. 21 de la LIR.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 291, de 30 de mayo de 1978. Director del SII a Director Regional Metropolitano Santiago. Materia: Aplicación de sanciones por mora en el cumplimiento de los PPM cuando ha ocurrido pérdida.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la aplicación de la sanción del Art. 53 del Código Tributario a contribuyentes morosos en los PPM, cuando en ejercicios comerciales cerrados a contar del 01.07.76 ha ocurrido pérdida. También se consulta si para el cálculo de la Base Imponible de la Tasa Adicional del Art. 21 de la Ley de la Renta, de un ejercicio determinado, es deducible el monto del reajuste del Art. 53, aplicado al impuesto de Primera Categoría de ese mismo ejercicio en las liquidaciones practicadas con motivo de revisiones.
• Consultas específicas planteadas al SII: 1) ¿Es aplicable la sanción del Art. 53 del Código Tributario por mora en los PPM cuando hay pérdida tributaria? 2) ¿Es deducible el reajuste del Art. 53 aplicado al impuesto de Primera Categoría en la determinación de la base imponible de la Tasa Adicional del Art. 21 de la Ley de la Renta?
• Argumentos del consultante: No se exponen explícitamente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 53 del Código Tributario...
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