SII - Circular N°109 (20-10-1978)
Circular N°109 (20-10-1978) del SII
Abstracto
La Circular N°109 del SII, de 1978, ratifica que las asignaciones por pérdida de caja no están afectas al Impuesto Único a los Trabajadores, siempre que compensen pérdidas reales y no constituyan una remuneración encubierta.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°109, de 20 de octubre de 1978, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Asignaciones por pérdida de caja. No afectación al Impuesto Único a los Trabajadores.
• Contexto normativo y objetivo: La circular responde a consultas reiteradas sobre la vigencia de las instrucciones del Suplemento 6(13)10, de 15-10-64, respecto a las asignaciones por pérdida de caja, considerando que el texto legal original ya no está vigente. El objetivo es actualizar y reiterar las instrucciones sobre la materia, aclarando su tratamiento tributario bajo la ley de la renta actual.
• Alcance y ámbito de aplicación: La circular se aplica a los trabajadores que manejan fondos (fiscales o de terceros) y reciben asignaciones para cubrir eventuales pérdidas de caja.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos: Se ratifica que las asignaciones por pérdida de caja no están afectas a impuestos, ya que no constituyen un incremento del patrimonio del trabajador, según la definición de "renta" del N° 1 del Art. 2° de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Estas asignaciones no deben ser consideradas como una remuneración encubierta.
• Ejemplos o casos ilustrativos incluidos: No se incluyen ejemplos o casos ilustrativos.
• Normativa, resoluciones y juri...
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