SII - Oficio N°6293 (05-10-1978)
Oficio N°6293 (05-10-1978) del SII
Abstracto
El SII responde a consulta sobre aplicación del IVA en la enajenación de ganado por una cooperativa en disolución, considerando la habitualidad y la Ley de Reforma Agraria. Determina que sí está afecta al IVA si se cumplen los requisitos de habitualidad.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número de fecha 10/29 (ilegible), del Departamento de Impuestos Indirectos, Asunto: Aplicación del IVA respecto al 3YA en operaciones que indica. Origen: Oficina El Mantle, Región de O'Higgins.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una cooperativa, declarada en disolución por Decreto de Agricultura N° 243 de 10 de mayo de 1977, consulta sobre la aplicación del IVA en la enajenación de ganado. La cooperativa busca liquidar sus activos para terminar sus actividades, habiendo intentado vender el ganado a través de venta directa, entrega en arriendo a asignatarios individuales de tierras, y remate.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está afecta al IVA la enajenación de ganado realizada por la cooperativa en disolución?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 8° del Decreto Ley N° 825, que define 'venta' para efectos del IVA, incluyendo la transferencia a título oneroso de bienes corporales muebles. Se menciona el concepto de 'vendedor' según el artículo 3° del mismo decreto ley, que incluye a cualquier persona natural o jurídica que se dedique habitualmente a la venta de bienes corporales muebles.
• Fundamentos clave de...
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