SII - Oficio N°324 (18-01-1979)
Oficio N°324 (18-01-1979) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la deducibilidad de créditos incobrables y el tratamiento de las provisiones para incobrabilidad, señalando requisitos y condiciones para su aceptación tributaria, así como el tratamiento de los intereses devengados por créditos castigados.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: No se proporcionan datos básicos específicos en el extracto del oficio. Sin embargo, se deduce que es una respuesta del Servicio de Impuestos Internos (SII) a una consulta sobre tratamiento tributario de créditos incobrables. El oficio tiene fecha indeterminada.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un banco (identificado como 'Banco Corno') mantiene créditos vencidos e impagos, principalmente contra ex-accionistas o empresas relacionadas. Debido a la incertidumbre sobre la recuperación de estos créditos, el banco ha constituido provisiones por incobrabilidad.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los castigos de créditos son deducibles de la renta bruta y cómo deben imputarse los intereses de la cartera de deudores provisionada.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El banco argumenta que, debido a la falta de información sobre la situación de los deudores, no ha efectuado castigos, aunque estima difícil la recuperación total de los créditos.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y el N° 4 del Artículo 31 de la misma ley.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el Ar...
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