SII - Oficio N°6133 (29-08-1979)

Oficio N°6133 (29-08-1979) del SII

Abstracto

El SII se pronuncia sobre la aplicación del IVA a servicios de transporte terrestre de carga, diferenciando entre servicios complementarios exentos y aquellos gravados por no cumplir con los requisitos de transporte propiamente tal. Se analizan las exenciones del artículo 13 de la LIVS.

Resumen

• Datos básicos del Oficio Oficio N° 881 del 16 de abril de 2024, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Un contribuyente, cuya identidad se omite, consulta al SII sobre la correcta aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios que presta, específicamente relacionados con el transporte terrestre de carga.

• Consultas específicas planteadas al SII El contribuyente requiere claridad sobre si los servicios que ofrece, vinculados al transporte terrestre de carga, se encuentran sujetos o exentos del IVA.

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita en el oficio los argumentos del contribuyente.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII El SII cita el artículo 13 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), específicamente sus numerales 4 y 6. Además, se refiere al artículo 5°, N° 1 del Decreto Ley N° 825.

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII El SII basa su pronunciamiento en la distinción entre servicios de transporte propiamente tales y otros servicios que, aunque relacionados, no cumplen con las características esenciales para ser considerados como tal bajo la normativa del IVA. Se indica que el transporte terrest...

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