SII - Oficio N°689 (31-01-1980)
Oficio N°689 (31-01-1980) del SII
Abstracto
El SII aclara el Oficio N° 9.336, de 18-12-79, sobre reajustabilidad de devoluciones de excesos de pagos provisionales por término de giro. Define la fecha de "ingreso en arcas fiscales" para aplicar el Art. 57 del Código Tributario, evitando la duplicidad de reajustes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 1-4-80, 31 de enero de 1980, dirigido al Contralor General de la República. Materia: Aclara Oficio N° 9.336, de 18 de diciembre de 1979, del Servicio de Impuestos Internos, sobre reajustabilidad de devoluciones por excesos de pagos provisionales determinados en términos de giro. Referencia: Oficio N° 077589, de 31-1-80, del Depto. de Contabilidad, Contraloría General de la República.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Contraloría General de la República solicita aclaración del Oficio N° 9.336, de 18-12-79, respecto a la norma de reajustabilidad aplicable a las devoluciones de excesos de pagos provisionales por término de giro, en relación con las modificaciones del DL 2393 al artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) desde el Año Tributario 1977.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita aclarar la fecha a considerar como de "ingreso en arcas fiscales" de los excesos de pago para su devolución, considerando el artículo 57 del Código Tributario (CT).
• Argumentos del consultante: No se exponen explícitamente en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 93 y 97 de la LIR. Artículo 57 del CT. Circular N° 57, de 15-05-78.
• Fundamentos clave del pro...
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