SII - Oficio N°1172 (22-02-1980)
Oficio N°1172 (22-02-1980) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la base imponible para la Tasa Adicional del 40% establecida en el Art. 21 de la LIR, aplicable a empresas con participación estatal, señalando que debe calcularse sobre la utilidad que corresponda al Estado o instituciones, no según el mecanismo general del Art. 21.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, de fecha indeterminada, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Base de la Tasa Adicional del 40% del Art. 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) de sociedades agrícolas no anónimas formadas por Corfo e Indap.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Sociedad Agrícola Corfo Limitada, que tributa en base a renta presunta (10% del avalúo fiscal de los predios), consulta sobre la correcta aplicación de la Tasa Adicional del 40% establecida en el Art. 21 de la LIR, considerando la participación de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) y el Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap) en la sociedad.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si la Tasa Adicional del 40% debe calcularse sobre la presunción de derecho que pueda afectar a los contribuyentes en el cálculo de la renta efectiva.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita argumentación del consultante en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Art. 21 de la LIR, el Art. 20 del Decreto Ley (DL) N° 2398, de 1978, y la Circular N° 87, de 25 de septiembre de 1979.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII indica que para...
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