SII - Circular N°41 (23-06-1980)
Circular N°41 (23-06-1980) del SII
Abstracto
La Circular del SII de 1980 detalla la aplicación de impuestos a gasolinas y subsidios a otros combustibles según el Decreto Supremo N° 294. Define qué adquisiciones de combustibles otorgan derecho a crédito fiscal de IVA para vendedores y prestadores de servicios, con vigencia desde junio de 1980.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 41, de 1980, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Sin título específico. Dos partes (a y b). • Contexto normativo y objetivo: Implementación y aclaración del Decreto Supremo N° 294 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial el 31 de mayo de 1980, que establece impuestos a las gasolinas automotrices y subsidios a ciertos combustibles, derogando el Decreto Supremo N° 495 de 1978. • Alcance y ámbito de aplicación: Productores, importadores, distribuidores, subdistribuidores, vendedores y prestadores de servicios de combustibles (gasolinas, kerosene, gas licuado y gas combustible) afectos a impuestos y/o subsidios. Contribuyentes del IVA que adquieren combustibles. • Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Impuesto a las gasolinas: Se establece un impuesto del 22% a la primera venta o importación de gasolinas automotrices, calculado antes del IVA y no incluido en la base imponible de este último.
- Subsidios: Se definen subsidios para kerosene (ventas al consumidor en instalaciones de expendio al detalle) y gas licuado (ventas en cilindros de 11 y 15 kg, con excepción de la XI y XII Regiones, donde aplica a cualquier tipo de venta). Los subsidios se otorgan a productor...
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