SII - Oficio N°7591 (13-10-1980)
Oficio N°7591 (13-10-1980) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación del impuesto adicional a las bebidas alcohólicas en la venta de vinos envasados en garrafas, aclarando las diferencias entre la venta de envases vacíos y la venta de vino ya envasado.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 591, 13 de octubre de 1980, del Director del SII a Director IV Dirección Regional, La Serena. Materia: Consulta sobre aplicación del impuesto adicional a las alcohólicas. Solicitud de AURELIO PIQUE POBLETE, Contador de Comercial Illapel S.A. sobre la venta de vinos en garrafas. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Comercial Illapel S.A. consulta sobre la aplicación del impuesto adicional a las alcohólicas en la venta de vinos envasados en garrafas. • Consultas específicas planteadas al SII: Aplicación del impuesto adicional a las alcohólicas en la venta de vinos envasados en garrafas. • Argumentos del consultante: No se explicita. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 42 y 43 del DL N° 825 de 1974, sustituidos por el artículo 12 del DL N° 2.752, y artículo 15 del DL N° 825. • Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII distingue dos situaciones: la compra de garrafas vacías y la compra de vino envasado en garrafas. La venta de envases vacíos no está afecta al impuesto adicional. La venta de vino envasado sí está afecta al impuesto adicional a las alcohólicas, con una tasa del 15% aplicada sobre la misma base imponible que la del IVA. • Decisión del SII y sus efectos: La trans...
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