SII - Oficio N°114 (08-01-1981)
Oficio N°114 (08-01-1981) del SII
Abstracto
El SII rechaza la solicitud de la Asociación Nacional de Armadores para reducir la vida útil de buques petroleros, gaseros y portacontenedores a 15 años, manteniendo los plazos originales de depreciación según la Circular N° 412 de 1980.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, de fecha 8 de enero de 1987, dirigido por el Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) a la Asociación Nacional de Armadores. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Asociación Nacional de Armadores solicita al SII reducir la vida útil de buques (petroleros, gaseros y portacontenedores) para efectos de depreciación. • Consultas específicas planteadas al SII: ¿Puede el SII reducir la vida útil de los buques petroleros, gaseros y portacontenedores a 15 años, o alternativamente, fijar un máximo de 18 años para los portacontenedores? • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Asociación basa su solicitud en el artículo 312 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se menciona la Circular N° 412, del 12 de noviembre de 1980, que establece la vida útil de 20 y 25 años para este tipo de naves. • Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Tras reestudiar los antecedentes considerados para fijar la vida útil original de las naves, la Dirección del SII decide no acceder a la rebaja solicitada, manteniendo los plazos de depreciación originales. • Decisión del SII y sus efectos: El SII rechaza la solicitud de la Asociación Nac...
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