SII - Oficio N°2023 (20-04-1981)
Oficio N°2023 (20-04-1981) del SII
Abstracto
El SII determina que la entrega de artesanías fabricadas por pacientes del Hospital Sanatorio El Peral a otros establecimientos del mismo para su comercialización estará afecta a IVA si se realiza a título oneroso. Si es gratuita, el hospital debe declarar y pagar el IVA por las ventas efectivas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio Ord. N° M9 N°190 del 17/02/1984, del Director del Servicio de Impuestos Internos al Director Regional Metropolitano Stgo. Sur, sobre la aplicación del IVA a entregas de artículos artesanales.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Servicio de Salud, Delegación Metropolitana Sur, consulta si las entregas de artículos artesanales fabricados por pacientes mentales del Hospital Sanatorio El Peral a otros establecimientos del mismo para su comercialización están afectas al IVA. Los artículos incluyen alfombras, frazadas, cestería, juguetería, cerámica y escobas, fabricados con fines de terapia.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Las entregas de artículos artesanales fabricados por pacientes mentales del Hospital Sanatorio El Peral a otros establecimientos del mismo para su comercialización se encuentran afectas al IVA?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Decreto Ley N° 825, que grava con IVA las ventas y servicios, definiendo la venta como toda convención que sirva para transferir, a título oneroso, el dominio u otros derechos reales de bienes corporales muebles. Se cita el artículo 67° del mismo decreto ley, relacionado con las...
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