SII - Oficio N°5241 (07-12-1981)
Oficio N°5241 (07-12-1981) del SII
Abstracto
El SII establece que los sobregiros en cuenta corriente que excedan cierto monto están sujetos al Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) como mutuo de dinero, gravándose cada utilización conforme a la Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 05241, 16 de agosto de 1988, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuestos de Timbres y Estampillas (ITE) aplicables a sobregiros en cuenta corriente ordinaria. Dirigido al Presidente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Asociación de Bancos consulta sobre el tratamiento tributario, en relación al ITE, de los sobregiros en cuenta corriente ordinaria que, por su monto, están sujetos a determinadas exigencias y formalidades.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario en relación al ITE de los sobregiros en cuenta corriente cuando exceden el monto establecido y están sujetos a las exigencias de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, requiriendo la suscripción de un pagaré por el monto máximo autorizado?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La asociación estima que la operación descrita no está prevista en el Decreto Ley N° 3.475, y solicita un pronunciamiento sobre la aplicación del ITE.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Circular N° 121, de 1978, del SII, sobre la base imponible del ITE en sobregiros.
• Fundamentos clave del pro...
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