SII - Oficio N°1808 (03-06-1982)
Oficio N°1808 (03-06-1982) del SII
Abstracto
El SII clarifica la base imponible del IVA en importaciones con cobertura diferida. Incluye intereses originados en financiamiento del proveedor extranjero, pero excluye descuentos financieros concedidos directamente al importador. El IVA se devenga sobre intereses a medida que se perciben.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1808, del 3 de enero de 1989, de la Subdirección Normativa del Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Base imponible del IVA en importaciones con cobertura diferida. Destinatario: Director Nacional de Aduanas.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre el tratamiento tributario, en lo que respecta al IVA, de las importaciones con cobertura diferida.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinación de si los intereses forman o no parte de la base imponible del IVA en el contexto de importaciones con cobertura diferida.
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Artículo 15° del Decreto Ley N° 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, complementado por el Artículo 32° del Reglamento del tributo, contenido en el Decreto Supremo N° 55, de 1977. Se cita el Artículo 12°, letra A, N° 10, del Decreto Ley N° 825, de 1974. Se cita el Artículo 9°, letra c), del Decreto Ley N° 825, de 1974.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Los intereses originados en financiamiento otorgado por el proveedor extranjero forman parte de la base imponible del IVA. Los descuent...
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