SII - Oficio N°4384 (06-12-1982)
Oficio N°4384 (06-12-1982) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de las cotizaciones previsionales de técnicos extranjeros, estableciendo exenciones con límites según la Ley 18.156 y el D.L. 3.500, afectando el cálculo del impuesto a la renta.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 4344, del 6 de diciembre de 1982, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se dirige al Sr. Mathew J. Quilter, en representación de Cía. Minera Disputada de Las Condes S.A.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes La Dirección del Trabajo remite al SII una presentación de Cía. Minera Disputada de Las Condes S.A. solicitando que los pagos de afiliación de técnicos extranjeros a regímenes de previsión o seguridad social fuera de Chile no constituyan remuneración o renta para ningún efecto, independientemente de su monto.
• Consultas específicas planteadas al SII Determinar si los pagos de la empresa por afiliación previsional de técnicos extranjeros a sistemas fuera de Chile constituyen o no renta para estos.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) La Cía. Minera Disputada de Las Condes S.A. argumenta que los pagos a sistemas previsionales extranjeros no deberían considerarse renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Ley N° 18.156, de 1982, artículo 192.
- Ley N° 18.156, de 1982, artículo 2°.
- D.L. N° 3.500, de 1980, artículo 22, inciso 1°.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII El SII basa su respuesta en la interpretación conjunta de los artículos ...
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