SII - Oficio N°2586 (17-07-1985)
Oficio N°2586 (17-07-1985) del SII
Abstracto
El SII determina que las sumas pagadas por el ISE a personas sin domicilio ni residencia en Chile por servicios prestados en el exterior están exentas del impuesto del art. 59, N°2 de la LIR, previa verificación por la Dirección Regional.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, de fecha 1 de julio de 1985, del Director del Servicio de Impuestos Internos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se solicita instrucciones respecto a la exención del impuesto del art. 59, N° 2 de la Ley de la Renta (LIR) de las sumas que pague el Instituto de Seguros del Estado (ISE) a personas sin domicilio ni residencia en Chile por servicios prestados en el exterior (inspecciones y gastos menores asociados), para asegurar la calidad de recepción de productos perecibles en el puerto de desembarque.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo se aplica la exención del art. 59, N° 2 de la LIR a los pagos realizados por el ISE a personas sin domicilio ni residencia en Chile por servicios prestados en el exterior?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen argumentos del consultante.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 12 de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII señala que tales sumas están exentas del impuesto del art. 59 N° 2 de la LIR. Además, indica que es el SII el encargado de la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos, por lo que...
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