SII - Oficio N°4825 (31-12-1985)
Oficio N°4825 (31-12-1985) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el crédito fiscal del IVA en cuentas en participación, señalando que la entrega de mercancías del partícipe al gestor no es venta, por lo que no genera crédito fiscal para el partícipe.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N°2101 de fecha 29.11.2005, de la Dirección Regional de Temuco, sobre Crédito Fiscal del IVA en la Asociación o Cuentas en Participación. • Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre el crédito fiscal del IVA que beneficiaría al partícipe de una asociación o cuentas en participación, que entrega mercancías al gestor para que éste las comercialice. Se requiere aclarar un supuesto procedimiento para compensar el crédito fiscal al que tendría derecho el partícipe con el débito generado en las ventas del gestor. • Consultas específicas planteadas al SII: Aclarar el tratamiento del IVA en la entrega de mercancías del partícipe al gestor y la posibilidad de compensar el crédito fiscal del partícipe con el débito del gestor. • Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se busca un mecanismo para que el partícipe pueda utilizar el crédito fiscal generado por la adquisición de bienes que entrega al gestor. • Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 507 y 509 del Código de Comercio; Artículo 20 del Código Tributario; Artículos 8, 23 N°3 y 34 del Decreto Ley N° 825 de 1974. • Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: En una asociación o cuentas en participación, el vended...
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