SII - Oficio N°1080 (27-03-1986)

Oficio N°1080 (27-03-1986) del SII

Abstracto

El SII determina que el cargo en cuenta corriente y la emisión de vales vista a terceros, instruidos por el cuentacorrentista, constituyen un hecho gravado según el artículo 1° N° 3 del Decreto Ley 3.475, afecto al Impuesto de Timbres y Estampillas.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1080, del 22 de marzo de 1986, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII). Dirigido al Gerente División Comercial del Banco Urquijo de Chile, Rodrigo Muñoz Vivaldi. Materia: Cargo en cuenta corriente y emisión de vales vista en relación al Decreto Ley N° 3.475, de 1980.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Banco Urquijo de Chile consulta sobre la situación impositiva, según el Decreto Ley N° 3.475, de 1980, de la operación consistente en un cargo en la cuenta corriente de un cliente y la emisión de vales vista a favor de terceras personas, conforme a las instrucciones dadas al banco por el cuentacorrentista.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Constituye la operatoria de cargo en cuenta corriente y emisión de vales vista a terceros, instruidos por el cuentacorrentista, un hecho gravado por el Impuesto de Timbres y Estampillas?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El banco estima que no se configuraría el hecho gravado, ya que la instrucción del cuentacorrentista consiste en la emisión y entrega de un vale vista a un tercero, tratándose de la entrega de un documento y no de dinero, no asimilable a la orden de pago.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por ...

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