SII - Oficio N°316 (23-01-1987)
Oficio N°316 (23-01-1987) del SII
Abstracto
El SII, mediante Oficio N° 316 de 1987, dictamina que, tras la transformación de una sociedad, la continuadora puede utilizar las pérdidas tributarias acumuladas y los remanentes de crédito fiscal de IVA generados con anterioridad a la transformación.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 316, de 23.01.1987, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Depto. Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre si una sociedad anónima, continuadora de una sociedad de responsabilidad limitada transformada, puede reconocer las pérdidas tributarias acumuladas y el remanente de crédito fiscal IVA de períodos anteriores a la transformación.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si las pérdidas tributarias acumuladas y el remanente de IVA crédito fiscal de períodos anteriores a una transformación de sociedad pueden ser reconocidas por la continuadora.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se citan los artículos 8 y 69 del Código Tributario, modificados por el artículo 12 de la Ley N° 18.482 de 1985.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La transformación de sociedades consiste en un cambio de especie o tipo social mediante reforma del contrato social o estatutos, subsistiendo la personalidad jurídica. Por lo tanto, la transformación no implica la creación de una nueva persona jurídica, sino la continuación de la misma b...
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