SII - Circular N°37 (30-06-1988)
Circular N°37 (30-06-1988) del SII
Abstracto
La Circular N°37 del SII, de 1988, introduce modificaciones al DL 825, estableciendo un impuesto adicional del 50% a las importaciones y ventas de ciertos artículos de lujo, permitiendo el uso de créditos fiscales por impuestos pagados previamente. Detalla la aplicación, sujetos, base imponible y recuperación del impuesto.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 37, del 30 de junio de 1988, modificada por Circular N° 60, del 30 de diciembre de 1991.
• Contexto normativo y objetivo: Implementación de la Ley N° 18.719, que modifica el DL N° 825 de 1974, incorporando el artículo 40 bis. El objetivo es modificar el impuesto adicional del 50% a las importaciones y ventas de artículos de oro, platino y marfil, joyas, piedras preciosas y pieles finas, previamente gravados por el artículo 37 del DL N° 825, transformándolo en un impuesto tipo valor agregado. Se busca evitar la acumulación del impuesto en los precios y facilitar la exportación.
• Alcance y ámbito de aplicación: El impuesto adicional del 50% se aplica a las importaciones y ventas de artículos de oro, platino y marfil, joyas y piedras preciosas (naturales o sintéticas), y pieles finas, manufacturadas o no. Este impuesto se aplica en todas las etapas de la distribución y comercialización hasta la venta al consumidor final.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Hecho Gravado: Se gravan con impuesto adicional del 50% (más IVA) la primera venta o importación de artículos de oro, platino y marfil, joyas, piedras preciosas y pieles finas (art. 37 del DL 825) y las ventas posteriores (art. 40 bis). Se dan definic...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.