SII - Oficio N°2120 (24-06-1988)
Oficio N°2120 (24-06-1988) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación de las asignaciones de movilización y colación, tras la derogación del artículo 20 del DL 97 y su inclusión en el artículo 17 N°14 de la LIR, señalando criterios de razonabilidad y deducibilidad como gasto.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 224/1988, del Servicio de Impuestos Internos (SII), con fecha 21 de junio de 1988.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes El Instituto Textil de Chile A.G. consulta sobre el tratamiento tributario de las asignaciones de movilización y colación pagadas a los trabajadores, especialmente ante el aumento previsto en la asignación de movilización, que superaría el monto legalmente aceptado como gasto hasta el 31 de mayo de 1988.
• Consultas específicas planteadas al SII
- ¿Cuál es el tratamiento tributario, según la Ley de la Renta, de la diferencia que se produzca al aumentar la asignación de movilización a una suma superior a los $376 mensuales, considerando que se pretende aumentarla a por lo menos $2.500 mensuales?
- ¿Cuál es el tratamiento tributario de la asignación de colación?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El Instituto Textil A.G. manifiesta la intención de aumentar la asignación de movilización de sus asociados, generando dudas sobre el tratamiento tributario de la diferencia resultante.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 20 del Decreto Ley N° 97, de 1973.
- Ley N° 18.717, específicamente sus artículos 8° y 10°.
- Artículo 17, N° 14 de la Ley ...
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