SII - Resolución N°1834 (27-07-1988)
Resolución N°1834 (27-07-1988) del SII
Abstracto
Resolución Exenta N°1834 del SII, 27 de julio de 1988, delega en los Directores Regionales la facultad de fijar fechas y cuotas para el pago diferido del IVA en importaciones no habituales, estableciendo requisitos y límites.
Resumen
• Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta N° 1834, de fecha 27 de julio de 1988, del Servicio de Impuestos Internos. Trata sobre la delegación en los Directores Regionales de la facultad de fijar las fechas y cuotas para diferir el pago del IVA en importaciones hechas por personas que no son contribuyentes habituales de este impuesto respecto de su giro.
• Contexto normativo y competencia del SII: El SII basa su competencia en los artículos 62, letra A, N° 30, del Código Tributario y 79, letra l), de la Ley Orgánica del Servicio, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980. Se menciona el artículo 8, letra e), del Decreto Ley N° 825, de 1974, que grava con IVA las importaciones, habituales o no, y el artículo 9°, letra b), del mismo decreto ley, que establece el devengo del IVA en las importaciones al momento de consumarse legalmente la operación o transferirse totalmente la importación condicional. También se alude al artículo 64° del Decreto Ley N° 825, con la modificación introducida por la Ley N° 18.775, que regula el pago del IVA en importaciones.
• Antecedentes administrativos relevantes: —
• Materia y objetivos de la resolución: La resolución tiene como objetivo delegar en los Directores Regionales la facultad de determinar las fechas y cuotas par...
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