SII - Oficio N°3956 (22-11-1988)
Oficio N°3956 (22-11-1988) del SII
Abstracto
El SII establece que las rentas provenientes del arrendamiento de una pertenencia minera se clasifican como rentas de la minería, específicamente en el N° 3 del artículo 20 de la Ley de la Renta, sujetándose a las normas tributarias generales correspondientes.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° 3006 del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido en Santiago, sin fecha específica indicada en el documento proporcionado. El oficio responde a una consulta sobre la tributación en el arriendo de una pertenencia minera.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes El Director Regional de Antofagasta consulta al SII sobre el tratamiento tributario del arrendamiento de una mina, propiedad de una persona natural o jurídica, entregada en arriendo sin elementos de trabajo. La consulta abarca tanto el caso de una renta de arrendamiento fija como el pago mediante regalías.
• Consultas específicas planteadas al SII Tributación aplicable al arrendamiento de una mina cuando: a) Se arrienda sin elementos de trabajo. b) La renta es un canon fijo. c) La renta se paga vía regalías.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita el argumento del consultante en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 22 del Código de Minería.
- Artículo 20 N°3 de la Ley de la Renta.
- Oficios anteriores: Ord. N° 2578 de 23-8-88, 2-442-88.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII El SII fundamenta su respuesta en la naturaleza de la pertenencia minera como una concesión mi...
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