SII - Oficio N°2347 (24-07-1989)
Oficio N°2347 (24-07-1989) del SII
Abstracto
El SII instruye sobre el giro del IVA adeudado por contribuyentes autorizados al pago diferido en la primera venta de vehículos de transporte de pasajeros, permitiendo la renuncia al plazo y el pago total anticipado con los respectivos intereses.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2347 del 24 de julio de 1999, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigido al Director Regional de la II Región. Materia: Solicitud de giro del total del IVA adeudado por contribuyente a quien se autorizó el pago diferido de ese tributo.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección Regional plantea problemas surgidos por la solicitud de un contribuyente, autorizado al pago diferido del IVA por la primera venta en Chile de un taxibús de más de quince asientos, para requerir el giro de la totalidad del tributo adeudado.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Qué instrucciones generales deben darse respecto al tratamiento de presentaciones similares, tanto antes como después de comenzar a solucionar la obligación mediante cuotas?
• Argumentos del consultante: No se exponen explícitamente.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 64° del Decreto Ley N° 825.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La solicitud de giro adelantado del total de las cuotas implica la formalización de una renuncia al plazo concedido para la solución del tributo, dentro del mismo procedimiento establecido para obtener la autorización de pago diferido.
• Decisión ...
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