SII - Oficio N°2355 (24-07-1989)
Oficio N°2355 (24-07-1989) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tasa de impuesto Adicional aplicable a servicios de asesoría técnica prestados por no residentes, diferenciando entre la tasa del 40% para servicios prestados en Chile y la del 20% para servicios prestados en el extranjero. Se instruye a la Dirección Regional a realizar la calificación de los servicios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2355, de fecha no especificada, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto Adicional que afecta a asesorías técnicas. Dirigido al Director Regional Metropolitano Santiago Centro.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa Papeles Sudamericana S.A. en Quiebra y en Continuación de Giro solicita devolución de impuesto Adicional del 40% pagado sobre honorarios por asesorías técnicas, argumentando que debió aplicarse la tasa del 20%. La asesoría fue prestada por J.P. Morgan.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es la tasa de impuesto Adicional correcta (20% o 40%) aplicable a los honorarios pagados a J.P. Morgan por asesorías técnicas?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La empresa argumenta que las asesorías debieron tributar con el impuesto Adicional del 20% establecido en el inciso segundo del N° 2 del artículo 59 de la Ley de la Renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 59 de la Ley de la Renta y 126 del Código Tributario. Oficios N° 3.281, de 31.05.89 y N° 4.267, de 04.07.89.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII distingue entre la tasa del 40% aplicable a asesorías técnicas prestadas en Chile (artículo ...
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