SII - Oficio N°2765 (28-08-1989)
Oficio N°2765 (28-08-1989) del SII
Abstracto
El SII establece que los pagos por servicios de información financiera transmitida desde el extranjero están sujetos al Impuesto Adicional del 40%, según el artículo 59 N°2 de la LIR, debiendo ser retenido por el pagador.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2765, de 28 de agosto de 1990. Materia: Tributación del servicio de información financiera y comercial, transmitido desde el exterior. Director del Servicio de Impuestos Internos: Sr. Lisandro Serrano Spoerer.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Monitor Trading Ltd., sociedad constituida en Inglaterra sin domicilio ni residencia en Chile, presta a usuarios en Chile un servicio de información financiera (cotizaciones de materias primas, valores e instrumentos financieros) a través de instalaciones en el extranjero. Los clientes en Chile reciben la información a través de equipos proporcionados por Reuters Chile y pagan una remuneración mensual.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los pagos por el servicio de información financiera están exentos del Impuesto Adicional según el artículo 59, N° 2, de la Ley de la Renta, al considerarse un servicio de telecomunicación internacional.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante opina que el servicio prestado corresponde a un servicio de telecomunicación internacional y, por lo tanto, estaría exento de Impuesto Adicional según el artículo 59, N° 2, de la Ley de la Renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia cita...
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