SII - Oficio N°1157 (17-04-1990)
Oficio N°1157 (17-04-1990) del SII
Abstracto
El SII informa al Ministro de Hacienda sobre la solicitud de FAST AIR CARRIER S.A. para exención del Impuesto Adicional por pagos a Empresa Aerolíneas Uruguayas S.A. por arrendamiento de aeronave, conforme al Art. 6 del D.L. 2564/1979, cuya exención debe ser otorgada por el Ministerio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 159 del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido en Santiago, sin fecha específica visible, dirigido al Señor Ministro de Hacienda. La materia se refiere a la exención del Impuesto Adicional de la Ley de la Renta. Se adjuntan la Providencia N° 104, de 26-3-90 y la presentación de FAST AIR CARRIER S.A., de 20-3-90.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: FAST AIR CARRIER S.A. solicita que se declaren exentas del Impuesto Adicional de la Ley de la Renta las cantidades que pague a Empresa Aerolíneas Uruguayas S.A. en virtud de un contrato de arrendamiento de una aeronave Boeing B 707 — 320C matrícula uruguaya CX BPL, suscrito el 26 de enero del año en curso (1990).
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si los pagos por arrendamiento de aeronave a una empresa extranjera (Empresa Aerolíneas Uruguayas S.A.) pueden ser exentos del Impuesto Adicional conforme al artículo 6° del D.L. N° 2564, de 1979.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): FAST AIR CARRIER S.A. argumenta que los pagos que realizará a Empresa Aerolíneas Uruguayas S.A. cumplen con los requisitos para la exención del Impuesto Adicional, según el artículo 6° del D.L. N° 2564, de 1979.
• Doctrina administrativa, normativa y jurispr...
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