SII - Oficio N°3628 (29-10-1990)

Oficio N°3628 (29-10-1990) del SII

Abstracto

El SII rechaza la reconsideración solicitada, reafirmando que el concepto de división de sociedades se aplica solo a sociedades anónimas y no a sociedades de responsabilidad limitada. La distribución de utilidades en estas últimas se considera retiro afecto a impuesto de Primera Categoría.

Resumen

• Datos básicos del Oficio Oficio N° Sd.2.61.90 D.N. 67.90 S.N. 21.90 I.D., de fecha 6 de noviembre de 1990, emitido por el Director del Servicio de Impuestos Internos (SII).

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Los Sres. Luis Chadwick V. y Andrés Lyon L., en representación de Manufacturas Eléctricas Bonet y Parrague S.A. Limitada, solicitan la reconsideración del Ord. N° 0699, de 27.02.90, respecto a la aplicabilidad del concepto de división de sociedades a las sociedades de responsabilidad limitada.

• Consultas específicas planteadas al SII ¿Es aplicable el concepto jurídico de división de sociedades a las sociedades de responsabilidad limitada, de forma que las sumas retiradas y aportadas a otras sociedades no se afecten al impuesto de Primera Categoría ni al pago provisional obligatorio del art. 84, letra a) de la Ley de la Renta?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante busca que se determine que el concepto de división de sociedades es aplicable a las sociedades de responsabilidad limitada, evitando así la tributación de los retiros según el inciso 5° del art. 14 de la Ley de la Renta.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Se cita el Ordinario N° 0699, de 27.02.90, cuya reconsideración se s...

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