SII - Oficio N°798 (05-03-1991)
Oficio N°798 (05-03-1991) del SII
Abstracto
El SII aclara la tributación de los corredores de propiedades, especificando que la contratación de personal administrativo o auxiliar no necesariamente los excluye de la Segunda Categoría, siempre que la labor del corredor sea primordial.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 00798, del 05 de marzo de 1991, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigido al Presidente de COPROCH A.G., Sr. Roger Debarbieri Olate. Materia: Complementa respuesta sobre tributación de corredores de propiedades. Refiere a presentación del 04 de febrero de 1991 de COPROCH A.G. y al Oficio Ord. N° 3.139, de 05 de octubre de 1989.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: COPROCH A.G. solicita aclaración sobre si los corredores de propiedades que contratan personal administrativo o auxiliar para su actividad quedan comprendidos en la Segunda Categoría de la Ley de la Renta, dado que el Oficio Ord. N° 3.139/1989 podría interpretarse en sentido contrario.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Están comprendidos en la Segunda Categoría aquellos corredores de propiedades que para la realización de su actividad contraten personal administrativo o auxiliar?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se plantea la inquietud de que el Oficio Ord. N° 3.139/1989 podría interpretarse en el sentido de que los corredores que contraten personal administrativo o auxiliar pasarían a tributar conforme a las disposiciones de la Primera Categoría.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citad...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.