SII - Oficio N°2291 (12-07-1991)
Oficio N°2291 (12-07-1991) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la imputación del pago de patentes mineras como pago provisional voluntario según el artículo 88 de la Ley de la Renta, detallando a qué obligaciones tributarias puede imputarse y bajo qué condiciones.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2291, del Departamento de Impuestos Directos del Servicio de Impuestos Internos (SII), de fecha no especificada (antecedentes de presentación 5 de Junio de 1991). Materia: Situación tributaria del pago por concepto de patentes mineras.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El contribuyente, Sociedad Minera Pichidangui Ltda., solicita al SII un pronunciamiento sobre la forma correcta de imputar el valor cancelado por patente minera, ya que alega haber perdido la recuperación del pago efectuado por tal concepto en los años 1989 y 1990, y desea evitar que esto ocurra en el presente año.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es la forma correcta de imputar el valor cancelado como patente minera?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente argumenta haber perdido la recuperación del pago de las patentes mineras de 1989 y 1990.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 164 del Código de Minería (Ley N° 18.248) y 88 de la Ley de la Renta. Artículos 74 N° 6 y 84 letras a) y b) de la Ley de la Renta. Circular N° 16 del 16 de Abril de 1987 (Capítulo X, letra F).
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el artículo 164 del C...
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