SII - Oficio N°2351 (19-07-1991)
Oficio N°2351 (19-07-1991) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre el tratamiento tributario de indemnizaciones por años de servicio pagadas anticipadamente sin pérdida del empleo, reafirmando la vigencia de la Circular N° 50 de 1976 y confirmando que no constituyen renta si se estipula claramente en los convenios colectivos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2351 del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido el 19 de julio de 1991. Materia: Situación tributaria de las indemnizaciones por años de servicio pagadas anticipadamente. Antecedentes: Oficio Ord. N° 6972, de 2.8.90. Circular N° 50, de 1976. Circular N° 37, de 1990. Ley N° 18.985. D.N. 04.12.90, DRMSC. 584.50 S,N. 143.90 I.D. MAT, Sd.291.91 D.N. 39.6.91 S.D. 357.91 S.N. 76.91 I1.D. Sanriaco, 19 ML 99. Destinatario: Sr. Director Regional Metropolitano Santiago Centro. Remitente: Director del SII. Consulta de don Pablo Maturana González, en representación de Establecimientos Tricot Ltda.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre si la indemnización por años de servicio pagada anualmente sin pérdida del empleo, en virtud de negociación colectiva, constituye o no renta afecta a impuesto único para los trabajadores. Se menciona la Circular N° 50 de 1976, que califica el pago anticipado como "no renta", y la Circular N° 37 de 1990, que no trata esta materia.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinar si las indemnizaciones por años de servicio pagadas anticipadamente sin pérdida del empleo, en virtud de negociación colectiva, están o no afectas al impuesto único de los trabajadores.
• Argumentos del con...
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