SII - Oficio N°1332 (06-04-1992)

Oficio N°1332 (06-04-1992) del SII

Abstracto

El SII rechaza pronunciarse a priori sobre si los gastos incurridos en promoción por una AFP cumplen con los requisitos del Art. 31 de la LIR, remitiendo el análisis al caso particular y la fiscalización.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1332 del 28 de enero de 1992, emitido por la Dirección Normativa del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratamiento tributario de gastos en promoción incurridos por una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Director Regional Metropolitano Santiago Oriente eleva una consulta realizada por la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) sobre el tratamiento tributario de los gastos en promoción en que incurre. Estos gastos consisten en útiles escolares, trofeos y premios para los mejores alumnos, libros, etc., entregados a través de Centros de Padres y Clubes.

• Consultas específicas planteadas al SII: La AFP consulta sobre la calificación tributaria de los desembolsos incurridos en la promoción antes mencionada, particularmente si se consideran gastos de publicidad y promoción para atraer nuevos afiliados y, por lo tanto, deducibles como gasto necesario para producir la renta.

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita argumentación del consultante.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: ...

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