SII - Oficio N°2311 (09-06-1992)
Oficio N°2311 (09-06-1992) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la recuperación del impuesto adicional pagado por asesorías técnicas desde el extranjero, estableciendo que depende de si se relacionan con costos de exportación o con bienes del activo inmovilizado, sujetos a requisitos y certificación de Aduanas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° (E95-92) del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido el 8/0/92, sobre Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes Una empresa solicita un pronunciamiento sobre si las asesorías técnicas recibidas desde el extranjero pueden acogerse a los beneficios establecidos en la Ley 18.768, considerando que el Servicio Nacional de Aduanas no las considera dentro del concepto definido por el SII para tales beneficios.
• Consultas específicas planteadas al SII Si las asesorías técnicas recibidas desde el extranjero se ajustan a los requisitos para recuperar el impuesto adicional pagado, conforme a la Ley 18.768.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) No se explicita en el texto.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII Se cita el Oficio Ordinario N° 22.001, y la Circular N° 7.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII El SII indica que, para la recuperación del impuesto adicional, las asesorías deben corresponder a conocimientos técnicos prestados por profesionales de una ciencia o técnica, relativos a un proyecto o plano indispensables para la materialización del bien o servicio. Se excluyen las asesorías relacionadas con la administración del activo inmovilizad...
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