SII - Oficio N°3804 (17-09-1992)
Oficio N°3804 (17-09-1992) del SII
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación de un club deportivo (Ley 8.834) que realiza una actividad comercial (compra y venta de desechos industriales). Aclara exenciones, gastos deducibles, uso del crédito por impuesto de Primera Categoría (IDPC) y el impuesto único del artículo 38 bis LIR en caso de término de giro.
Resumen
• Datos básicos del Oficio Oficio N° ORD. N° / 003804 del Servicio de Impuestos Internos (SII), emitido en Santiago, sin fecha específica en el documento.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes El Club Deportivo Maggi, con personalidad jurídica otorgada por el Ministerio de Justicia (Decreto N° 242 del 22.02.88), consulta al SII sobre la tributación de la actividad comercial de compra y venta de desechos industriales, iniciada para obtener mayores recursos para el desarrollo de sus actividades deportivas. La sociedad Nestlé Chile S.A. participa en esta iniciativa.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Posibilidad de contabilizar como gasto las compras de implementos deportivos.
- Situación del FUT (Fondo de Utilidades Tributables) de la actividad comercial, considerando que las utilidades no serán distribuidas y, por lo tanto, no se podría utilizar el crédito por Impuesto de Primera Categoría (IDPC).
- Aplicación del impuesto del 35% según el artículo 38 bis de la Ley de la Renta (LIR) sobre el FUT acumulado al término del giro, considerando que esto implicaría un impuesto total del 50% sobre las utilidades.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente) El consultante argumenta que el impuesto del 50% (35% del art. 38 bis más 15% de IDPC) q...
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