SII - Oficio N°2112 (03-06-1994)
Oficio N°2112 (03-06-1994) del SII
Abstracto
El SII establece que los usuarios de Zona Franca deben llevar un libro de compras y ventas en cada local de venta al detalle (módulo), manteniendo estos libros permanentemente en dichos locales, conforme al DL 825 y su reglamento.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.112, de 03.06.94, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El oficio se refiere a la obligación de los usuarios de Zona Franca que poseen galpones de venta de mercancías y locales (módulos) de venta al detalle de mercancías extranjeras, dentro del mismo recinto.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinar si los usuarios de Zona Franca están obligados a llevar un libro de compras y ventas en cada uno de los locales (módulos) de venta al detalle de mercancías extranjeras, y mantenerlos permanentemente en dichos locales.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Art. 74 del Reglamento del DL N° 825, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N° 55, publicado en el Diario Oficial de 02 de febrero de 1977; los Art. 59 y 62 del DL N° 825; la Resolución N° 2.107 del SII, (DO 05.12.83), parte dispositiva N° 12; y la Circular N° 8, de 07.02.84.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: Se basa en el Art. 59 del DL N° 825, que obliga a los vendedores y prestadores de servicios, usuario...
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