SII - Circular N°43 (27-10-1994)
Circular N°43 (27-10-1994) del SII
Abstracto
La Circular N°43 de 1994 del SII aclara que las sociedades de profesionales que realizan servicios de capacitación, además de asesorías, tributan en Primera Categoría, a menos que la capacitación sea accesoria y esporádica a sus clientes habituales o potenciales.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 43, de 27 de octubre de 1994, del Servicio de Impuestos Internos.
• Contexto normativo y objetivo: Aclarar la situación tributaria de las sociedades de profesionales que, además de prestar asesorías, realizan servicios de capacitación, complementando la Circular N° 21 de 1991 que refundió instrucciones sobre contribuyentes de la Segunda Categoría.
• Alcance y ámbito de aplicación: Sociedades de profesionales que prestan servicios de capacitación.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Las sociedades de profesionales que presten exclusivamente servicios o asesorías profesionales se clasifican en la Segunda Categoría según el N° 2 del artículo 42 de la Ley de la Renta.
- No se clasifican en la Segunda Categoría si explotan establecimientos como clínicas, maternidades, laboratorios u otros análogos, o si desarrollan actividades clasificadas en el artículo 20 de la Ley de la Renta.
- Tampoco se clasifican en la Segunda Categoría si el capital está orientado a fines o actividades distintas a la prestación de servicios o asesorías profesionales, o si desarrollan actividades del artículo 20, incluso las meramente rentísticas de los números 1 y 2 de dicho artículo.
- Las sociedades de profesionales ...
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